Las nuevas modificaciones legales en materia de Seguridad Social

Apreciado cliente,

El Gobierno aprobó el pasado mes de Diciembre el Real Decreto-Ley 28/2018. Algunos aspectos principales de las últimas modificaciones legales en materia de Seguridad Social son los siguientes:

SMI

Para el año 2019 fijará los valores siguientes como SMI:

  • Con carácter general: €30,00/día, 900 €/Mes y 12.600 euros/año (14 pagos).
  • Para los trabajadores estacionales que los servicios a la misma empresa que no exceda de 120 días: 42,62 euros por día laborable legal.
  • Para los empleados domésticos que trabajen durante horas, en régimen externo, y de conformidad con el Real Decreto 1620/2010, de 14 de noviembre (Art. 8,5): 7,04 euros por hora efectivamente trabajados.

Bases de cotización

Base máxima de cotización: 4.070,10 € (7%)
Base mínima de cotización: 1.050 € (22,3%) RETA 944,40 € (1,25%)

Cotización contratos de corta duración

Para contratos de duración inferior a 5 días (antes 7) y la cotización empresarial por contingencias comunes se incrementa 40% (antes 36%).

Derogación bonificaciones contratos

Se derogan las bonificaciones de contratos en prácticas y de apoyo al emprendimiento.

Becarios

La novedad es la inclusión en el sistema de la Seguridad Social de las personas que realicen las prácticas indicadas, aunque no tengan carácter remunerado. Antes esta obligación solo era en el caso de las prácticas remuneradas.

Autónomos

  • Mutuas: Aquellos autónomos que tengan la cobertura de la gestión de la Incapacidad Temporal gestionada por el INSS, en un plazo de 3 meses tendrán que escoger una Mutua colaboradora con la Seguridad Social para la gestión de estas contingencias.
  • Desde enero de 2019, los autónomos tienen la obligación de cotizar por contingencias profesionales y por la prestación de cese de actividad (salvo algunas excepciones). Antes esta cotización era opcional.
  • A partir de enero de 2019, la tarifa plana será de 60€ al mes.

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